Sala de Prensa

06/04/2022

Estefanía Beltrán de Heredia aboga por reformar el ordenamiento jurídico para clarificar las disposiciones penales relativas a la sedición y rebelión

Opina que el origen del debate sobre la persecución a políticos por sus declaraciones en su labor está “en el problema que tiene el Estado con su modelo territorial”.

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La portavoz del Grupo Parlamentario Vasco, Estefanía Beltrán de Heredia, ha manifestado la necesidad de reformar el ordenamiento jurídico para clarificar las disposiciones penales relativas a la sedición y rebelión. En el debate de una moción en la que se reclamaba al Gobierno central cumplir la resolución que el Consejo de Europa hizo sobre la persecución a políticos por declaraciones realizadas en el ejercicio de su labor, relacionada con el procesamiento de los políticos catalanes por el referéndum del 1 de octubre de 2017, la senadora de EAJ-PNV ha reiterado que “los conflictos políticos no se resuelven con más código penal, sino a través del diálogo, la negociación y el acuerdo”.

Beltrán de Heredia ha evidenciado que “gobernar es afrontar con valentía los cambios necesarios; abrir espacios de dialogo que eviten el enquistamiento de conflictos de fondo" y no ha dudado en situar “el problema que tiene el Estado con su modelo territorial” en el origen del debate. “Es necesario abordar y dar una respuesta satisfactoria a la realidad plurinacional. Y la cuestión del procés catalán no es sino un exponente claro del fracaso de la política”, ha zanjado.

La portavoz jeltzale considera necesario reformar las citadas disposiciones penales relativas a la sedición y rebelión, de manera que se eviten interpretaciones judiciales que entren en conflicto con el derecho a la libertad de expresión y reunión, e incluso con la despenalización de la organización de un referéndum ilegal, aprobada en 2005. “Consideramos inaplazable adaptar estos tipos delictivos a la realidad social y armonizarlos con países de nuestro entorno próximo, donde según el derecho comparado en países como Italia o Alemania las penas previstas distan mucho del máximo de quince años de privación de libertad que establece el código penal español”.

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