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Pregunta para su respuesta escrita

11/11/2013


Pregunta del Senador Iñaki Anasagasti sobre la colocación del primer mojón del deslinde entre Turtzioz y Guriezo, el pasado 25 de octubre de 2013

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El pasado 25 de octubre 2013, los técnicos del Instituto Geográfico Nacional dieron paso a la colocación del primer mojón del deslinde entre Turtzioz y Guriezo, en cumplimiento de la sentencia dictada por la Audiencia Nacional en 2005 y ratificada por el Tribunal Supremo el 9 de abril de 2008, cuya aplicación acarreará al municipio encartado la pérdida de más de 400 hectáreas.

A pesar de las objeciones técnicas y jurídicas detalladas por las instituciones vascas, fueron instalados los cinco hitos cuya situación ha sido objeto de litigio en los últimos diez años. Tanto el Ayuntamiento de Turtzioz como la Diputación Foral de Bizkaia y el Gobierno Vasco expresaron su desacuerdo con la forma en que fue fijada la ubicación de los mojones. No se trata de una cuestión de propiedad, sino de una delimitación territorial que restaría 400 hectáreas al territorio histórico de Bizkaia.

En consecuencia, la delegación vasca levantó un acta de disconformidad. Después, el documento ha sido remitido a la Dirección General de Administración Local, dependiente del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.

El Gobierno Vasco, la Diputación y el Consistorio esgrimen que el propio Instituto Geográfico Nacional se reconoció incapaz de localizar sobre el terreno los hitos y topónimos que menciona la orden de 1739 en la que debe basarse el deslinde, según la Justicia. Por tanto, argumentan que se ha aplicado de forma incorrecta. Se han sustituido los criterios jurídicos por otros técnicos al trazarse la línea divisoria entre ambos municipios tomando en cuenta un informe elaborado por el Instituto Geográfico en marzo de 2011. Documento para cuya redacción fueron consultados un mapa topográfico de 1940, un cuaderno de campo militar de 1927 y un acta de deslinde de monte público de 1921.

Además, la comisión vasca recordó que la Constitución ordena que la alteración del terreno se disponga en una ley orgánica que no se ha realizado, por tanto el acto del 25 de octubre sería nulo de pleno derecho. Asistieron también técnicos de Instituto Geográfico Nacional, el alcalde de Guriezo, representantes de los Gobiernos Vasco y cántabro y las delegaciones del Gobierno de ambos territorios, así como de la Diputación Foral de Bizkaia.

Ante esta discrepancia, ¿piensa el Gobierno buscar una solución a este contencioso de un enclave cántabro en Bizkaia, toda una anomalía histórica, agravada por esta decisión?

 

AUTOR


Iñaki Anasagasti

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